computer

Yape y Plin: BCRP reglamentó que las Billeteras Digitales deberán ser Interoperables entre ellas

Yape y Plin: BCRP reglamentó que las Billeteras Digitales deberán ser Interoperables entre ellas

Yape y Plin: BCRP reglamentó que las Billeteras Digitales deberám ser Interoperables entre ellas

  • El 07 de octubre del 2022 se publicó en el Diario El Peruano la Ley N.° 0024-2022, mediante la cual se estableció que los Servicios de Pago tengan la capacidad de permitir que sus usuarios transfieran fondos a cualquier otro usuario, independientemente de la entidad.
  • Respecto al cobro de tarifas o comisiones, se precisó que estas deben ser transparentes, reflejar un costo real y no ser discriminatoria para no limitar el acceso.

Nuevas modificaciones al Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado

  • El 07 de octubre se publicó el Decreto Supremo 234-2022-EF, que modifica el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado (Decreto Supremo 334-2018-EF). La modificación tiene como propósito facilitar la ejecución del gasto público, propiciar la culminación de las obras y simplificar la toma de decisiones.
  • Los nuevos plazos previstos: (i) en procedimientos de selección y ejecución de contratos indicados para las etapas de las licitaciones públicas entre la convocatoria y presentación de ofertas tendrá un plazo de 22 días hábiles; (ii) la integración de bases y la presentación de ofertas tendrá el plazo de 07 días hábiles.

Nuevas modificaciones al Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado

  • Respecto del perfeccionamiento del contrato, se reduce el plazo de tres a dos días hábiles para que el órgano encargado de las contrataciones solicite los documentos necesarios al postor siguiente en el orden de prelación.
  • También se eliminó los requisitos de calificación referido a la solvencia económica, lo cual estaba previsto para las licitaciones públicas convocadas para la contratación de ejecución de obras, entre otros.

Ministerio de Economía y Finanzas aprueba Reglamento que reducirá el IGV para restaurantes y hoteles a un 8%

  • El 13 de octubre del 2022, se publicó en el Diario El Peruano el Reglamento N.° 237-2022-EF que tiene como objeto promuever medidas de reactivación económica para las MYPES en el rubro de restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos.
  • Dicho Reglamento regula una tasa especial y temporal del Impuesto General a las Ventas (IGV), denominado “8% del IGV para Rescatar el Empleo” para las micro y pequeñas empresas que tengan como actividad principal: restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos. Ello siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos por Ley.

Promovemos la eficiencia en el resultado y en el tiempo oportuno

Ofreciendo cercanía, inmediatez, máxima calidad, y estar con nuestros clientes, cuando ellos nos necesitan.

Litigios Administrativos, Penales, Civiles y Compliance

Calificados por el Ranking Leaders League como una de las mejores firmas peruanas en Litigios Administrativos, Penales, Civiles y Compliance durante el 2020, 2021 y 2022.

Contáctenos